El senador Mariano Ruiz Esquide señaló que es fundamental que el gobierno se haga cargo de la situación de los beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez carentes de recursos y que no poseen asignación por muerte ante el evento de su fallecimiento.
En esa línea, el senador indicó que corresponderá al Instituto de Previsión Social el pago del beneficio con cargo a los aportes fiscales que se contemplen en el presupuesto de la nación.
“Con la presente iniciativa legal se pretende igualar completamente el tratamiento que tienen los beneficiarios de pensión básica solidaria de vejez carentes de recursos, con los beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez, respecto de la cuota mortuoria” explicó.
Además, Ruiz Esquide recordó que el jueves pasado junto a los senadores Núñez y Vásquez, solicitaron al ejecutivo medidas Urgentes para enfrentar la grave situación que afecta a los trabajadores por los altos costos y grandes pérdidas de las AFP, momento en que ratificaron el derecho de la cuota mortuoria para todas aquellas personas que la ostentaban antes de la reforma Previsional.
Finalmente, el legislador comentó que el proyecto también actúa en el caso de fallecimiento de un estudiante protegido por el seguro escolar, ya sea por accidente en la realización de sus estudios o en su práctica profesional.
Santiago. 6 de octubre de 2008.
En esa línea, el senador indicó que corresponderá al Instituto de Previsión Social el pago del beneficio con cargo a los aportes fiscales que se contemplen en el presupuesto de la nación.
“Con la presente iniciativa legal se pretende igualar completamente el tratamiento que tienen los beneficiarios de pensión básica solidaria de vejez carentes de recursos, con los beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez, respecto de la cuota mortuoria” explicó.
Además, Ruiz Esquide recordó que el jueves pasado junto a los senadores Núñez y Vásquez, solicitaron al ejecutivo medidas Urgentes para enfrentar la grave situación que afecta a los trabajadores por los altos costos y grandes pérdidas de las AFP, momento en que ratificaron el derecho de la cuota mortuoria para todas aquellas personas que la ostentaban antes de la reforma Previsional.
Finalmente, el legislador comentó que el proyecto también actúa en el caso de fallecimiento de un estudiante protegido por el seguro escolar, ya sea por accidente en la realización de sus estudios o en su práctica profesional.
Santiago. 6 de octubre de 2008.
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